{"id":662,"date":"2022-03-25T09:39:26","date_gmt":"2022-03-25T08:39:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sotograndeonline.com\/purchase-expenses"},"modified":"2022-05-06T09:55:30","modified_gmt":"2022-05-06T07:55:30","slug":"gastos-compra","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.sotograndeonline.com\/es\/gastos-compra","title":{"rendered":"Gastos asimilados a una operaci\u00f3n de compra y venta de una propiedad"},"content":{"rendered":"<h2>1. Vendedor<\/h2>\n<p><strong>Los gastos que debe afrontar un propietario en el momento de la venta son:  <\/strong><\/p>\n<p><strong>Comisi\u00f3n del agente inmobiliario<\/strong>, suele ser un porcentaje del precio de venta y puede variar seg\u00fan la agencia y seg\u00fan el precio de la propiedad. En Sotogrande y alrededores suele ser de un 5% del precio final de venta.<\/p>\n<p><strong>Gastos de transmisi\u00f3n e impuestos<\/strong><\/p>\n<p>Los gastos que corresponden al propietario vendedor al efectuarse la transmisi\u00f3n de la propiedad depende de si se pacta que sean seg\u00fan Ley o a cargo del comprador:<\/p>\n<p>1.- Si se pacta seg\u00fan Ley (C\u00f3digo Civil) al vendedor le corresponde abonar los gastos de Notar\u00eda por la copia autorizada de la escritura (primera copia) y el resto de los gastos de Notar\u00eda al comprador. Los honorarios de Notar\u00eda se fijan seg\u00fan la cuant\u00eda de la compraventa y el n\u00famero de folios que tenga la escritura. <\/p>\n<p>No obstante, la costumbre es que se pacte que todos los gastos son a cargo del comprador a excepci\u00f3n de la plusval\u00eda municipal.<\/p>\n<p>2.- Plusval\u00eda municipal o Impuesto sobre el Incremento sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana,(IIVTNU),  es un impuesto municipal sobre el incremento del valor del terreno desde la compra hasta la fecha de la venta.<\/p>\n<p>3.- Asimismo, el vendedor deber\u00e1 abonar todos los impuestos, tasas y gastos de la propiedad, tales como, IBI, tasas municipales de basura o cualquier otra que grave la finca, gastos de comunidad de propietarios, electricidad, agua, tel\u00e9fono, etc. hasta el d\u00eda en que se firma la escritura p\u00fablica de venta. <\/p>\n<p>Si se diera el caso de que estos gastos no puedan ser calculados con exactitud en esa fecha, el comprador o su representante legal suelen retener del pago final una cantidad para cubrir esos posibles gastos.<\/p>\n<h2>2.- Comprador<\/h2>\n<p>En general los costes asociados a la compra de una propiedad que tiene que asumir el comprador, pueden ser aproximadamente del 11-13% sobre el precio de compra. Estos, ser\u00edan los siguientes: <\/p>\n<p><strong>1.-Impuestos directos sobre la compra (Se pueden dar dos situaciones)<\/strong><\/p>\n<p><strong>A.- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: (ITP) de 7% en Andaluc\u00eda.<\/strong><\/p>\n<p>En Andaluc\u00eda el tipo impositivo de este impuesto para viviendas o propiedades de segunda mano, asciende al 7% del valor de la propiedad y debe ser abonado por el comprador.<\/p>\n<p>Desde el 1 de enero de 2022, tal y como dicta la Ley 11\/2021 de medidas de prevenci\u00f3n y lucha contra el fraude fiscal, este impuesto se calcula sobre la base del mayor de los valores entre el valor de referencia certificado por el Catastro o el valor que conste en la escritura p\u00fablica de venta. (7% sobre el mayor valor).<\/p>\n<p><strong>B.- IVA<\/strong> \u00a0se aplica al precio de venta en lugar de ITP a propiedades que son vendidas directamente por el Promotor y es incompatible con el impuesto de transmisiones patrimoniales.<\/p>\n<p>Por lo general, cuando se trata de la primera venta de la vivienda, el IVA sobre las viviendas construidas es del 10% del precio de compra m\u00e1s el 1,2% del Impuesto de Actos Jur\u00eddicos Documentados. <\/p>\n<p>Para terrenos, locales comerciales o plazas de garaje comerciales propiedad de un Promotor o entidad jur\u00eddica, el impuesto a pagar es el 21% de IVA (21%), adem\u00e1s del 1,2% del Impuesto de  Actos Jur\u00eddicos Documentados.<\/p>\n<h2>3.- Resto de gastos<\/h2>\n<p><strong>A.- Honorarios del Registro de la Propiedad<\/strong> \u2013\u00a0\u00a0Los honorarios del Registro le corresponde abonarlos al comprador y estos se calculan sobre la misma base que los honorarios notariales.<\/p>\n<p><strong>B.- Honorarios notariales<\/strong> \u2013 Por ley, la copia autorizada de la escritura p\u00fablica de compraventa o primera copia de la escritura traslativa de dominio debe ser pagada por el vendedor, salvo pacto entre las partes, y lo normal es que se pacte que sea el comprador el que abone todos los gastos de honorarios notariales.<\/p>\n<p><strong>C.- Los honorarios de Abogado<\/strong> \u2013 Los honorarios del Abogado que intervenga en la operaci\u00f3n de compraventa suelen ser aproximadamente el 1% del precio de venta, dependiendo del Letrado interviniente y el precio de la propiedad.<\/p>\n<p>(Esta informaci\u00f3n es solamente orientativa y puede variar. Los tipos impositivos en relaci\u00f3n a los impuestos que se detallan, eran los que estaban en vigor al tiempo de publicaci\u00f3n de nuestra web. Le recomendamos encarecidamente que consulte con su Abogado con el fin de conocer con exactitud los impuestos y gastos concretos en relaci\u00f3n a la propiedad en la que est\u00e1 interesado.) <\/p>\n<p><strong>Cu\u00e1l es nuestro procedimiento a la hora de vender su propiedad: <\/strong><\/p>\n<p>Cuando usted quiera vender su casa, s\u00f3lo tiene que contactarnos para gestionar a una visita a su casa para hablar de las condiciones de venta de las viviendas actualmente, al tener una extensa experiencia como inmobiliaria en Sotogrande y alrededores, le daremos una opini\u00f3n honesta sobre el valor de su casa.<\/p>\n<p>Para listar su propiedad se requieren:<\/p>\n<ul>\n<li>Una copia de la escritura o nota simple de la propiedad<\/li>\n<li>Una copia del \u00faltimo recibo del IBI (Impuestos sobre Bienes Inmuebles).<\/li>\n<li>Copia del \u00faltimo recibo de la comunidad<\/li>\n<li>Copia del DNI, NIE o pasaporte del propietario<\/li>\n<li>Un acuerdo de comisi\u00f3n firmado<\/li>\n<li>Un certificado energ\u00e9tico de la propiedad<\/li>\n<\/ul>\n<p>Nuestros honorarios por la venta de su inmueble es un 5% m\u00e1s IVA, del precio de venta final.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. Vendedor Los gastos que debe afrontar un propietario en el momento de la venta son: Comisi\u00f3n del agente inmobiliario, suele ser un porcentaje del precio de venta y puede variar seg\u00fan la agencia y seg\u00fan el precio de la propiedad. En Sotogrande y alrededores suele ser de un 5% del precio final de venta. 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