Parcela urbana, para vivienda unifamiliar. Incluye acometida de agua, luz, teléfono y alcantarillado directamente a pie de parcela. Indice de edificabilidad 0,25 m2/m2. Altura máxima permitida : dos plantas = 6,50m. Se autoriza una tercera planta que no sobrepase en ocupación el 30% de la segunda planta, con una altura total que no sobrepase los 9,50m. Separación a linderos públicos, mayor o igual a 6 metros. Separación a linderos privados, salvo excepciones, mayor o igual a 3 metros.